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Documento BOE-A-1998-15026

Resolución de 17 de mayo de 1998 de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), para la realización de los ensayos y pruebas requeridos en el Reglamento 101 «Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de turismo equipados con motores de combustión interna en lo relativo a la medida de las emisiones de dióxido de carbono y al consumo de combustible».

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 1998, páginas 20932 a 20933 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-15026

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Emilio Varela Arroyo, en nombre y representación del Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA), con domicilio social en carretera Ajalvir, kilómetro 4, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid).

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria ("Boletín Oficial del Estado" de 23 de julio), la disposición adicional quinta del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de febrero de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial y el contenido del Reglamento 101.

Considerando que el citado Laboratorio dispone de los medios necesarios para realizar los ensayos correspondientes y en la tramitación del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.-Autorizar al Laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" (INTA), para realización de los ensayos y pruebas requeridos en el Reglamento 101 "Prescripciones uniforme relativas a la homologación de vehículos de turismo equipados con motores de combustión interna en lo relativo a la medida de la emisiones de dióxido de carbono y al consumo de combustible", sobre el Reglamento anteriormente citado.

Segundo.-Esta autorización tiene un período de validez de cuatro años, pudiendo el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los tres meses anteriores a le expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 17 de mayo de 1998.-La Directora general, Elisa Robles Fraga.

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