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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 8 de octubre de 1997 por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 4/919/1995, promovido por don Francisco Pretel González, contra Resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de la solicitud de las ayudas sociales previstas en el Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, a los afectados por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Pretel González, contra la Resolución del Subsecretario de Sanidad y Consumo, dictada por delegación, de 12 de julio de 1995, que denegó al interesado las ayudas previstas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo, por ser dicha Resolución, en los extremos examinados, conforme a Derecho. Sin hacer expresa imposición de costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 1 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, "Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Director general de Salud Pública.
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