Visto el expediente de indulto de don Eduardo González Cordero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de Instrucción número 30 de Madrid, en sentencia de fecha 18 de enero de 1989, como autor de un delito de robo, a la pena de cuatro años dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de diciembre de 1997,
Vengo en indultar a don Eduardo González Cordero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 19 de diciembre de 1997.
JUAN CARLOS R. La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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