El Arancel Integrado de Aplicación (TARIC) fue adaptado completamente, por última vez, por la Resolución de 16 de diciembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 22), y, parcialmente, por Resolución de 26 de enero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero); Resolución de 25 de febrero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de marzo); Resolución de 24 de marzo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril); Resolución de 24 de abril de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de mayo), y Resolución de 25 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de junio). Habiéndose producido desde esta última Resolución la publicación de diferente normativa comunitaria que supone la variación en cuanto a los códigos puntualizables, procede actualizarlos sustituyendo los códigos afectados, por lo que se acuerda lo siguiente:
Primero.-Actualizar la nomenclatura y codificación del Arancel Integrado de Aplicación (TARIC), reemplazándose los textos de las partidas afectadas por los incluidos como anexo A, y aplicables desde el 1 de julio de 1998.
Segundo.-Incluir como anexo B los códigos TARIC que se suprimen a partir del 1 de julio de 1998.
Tercero.-Actualizar la relación de códigos adicionales según los contenidos en el anexo C y aplicables a partir de 1 de julio de 1998.
Cuarto.-Incluir como anexo D los códigos adicionales que se suprimen a partir del 1 de julio de 1998.
Quinto.-La presente actualización será aplicable desde el 1 de julio de 1998.
Lo que se dispone para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de junio de 1998.-El Director del Departamento, Javier Goizueta Sánchez.
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