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Documento BOE-A-1998-15433

Resolución de 19 de junio de 1998, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se elevan a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos al procedimiento para que los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades, aprobadas por Resolución de 1 de junio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1998, páginas 21703 a 21703 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-15433

TEXTO ORIGINAL

Transcurrido el plazo de subsanaciones a las listas de admitidos

y excluidos al procedimiento para que los funcionarios de carrera

del Cuerpo de Maestros puedan adquirir nuevas especialidades,

aprobadas por Resolución de 1 de junio de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 5),

Esta Dirección General de Personal y Servicios ha resuelto:

Primero.-Elevar a definitivas las referidas listas, con las

variaciones a que han dado lugar las subsanaciones de los defectos

que las mismas contenían.

Las listas completas de admitidos y excluidos al procedimiento

mencionado estarán expuestas en la Dirección General de la

Función Pública, Centro de Información Administrativa del Ministerio

para las Administraciones Públicas, Delegaciones del Gobierno,

Subdelegaciones del Gobierno, Direcciones Provinciales del

Departamento, Subdirecciones Territoriales de Madrid, y en la

Oficina de Información del Ministerio de Educación y Cultura en

Madrid, calle Alcalá, 36, a partir del día siguiente al de la

publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Aquellos aspirantes cuya documentación de subsanación de

errores, presentada dentro del plazo reglamentario, no aparezca

recogida en las listas definitivas, podrán presentarse ante el

Presidente del Tribunal que hubiera podido corresponderles, quien

les admitirá condicionalmente a examen si de la copia número 2

de la solicitud de admisión al procedimiento, que deberán

presentar los interesados, se deduce de una manera clara su

legitimación para poder participar en el mencionado procedimiento,

dando cuenta los Tribunales de esta clase de incidencias a la

Dirección General de Personal y Servicios, quien adoptará la resolución

que corresponda.

Segundo.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, conforme dispone el artículo 109 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo en los plazos y forma establecidos en la Ley

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa

comunicación de su interposición a este Ministerio, tal como exige

el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico citada.

Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 19 de junio de 1998.-La Directora general, Carmen

González Fernández.

Ilmos/as. Sres/as. Subdirectora general de Gestión de Profesorado

de Educación Infantil y Primaria, Directores/as provinciales de

Educación y Cultura y Subdirectores/as territoriales de Madrid.

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