El Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de mayo de 1998,
ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Primero.-Las subvenciones a los Ayuntamientos para los gastos de
funcionamiento de los Juzgados de Paz se modularán en función de la
población de derecho de los municipios, de conformidad con los siguientes
tramos:
Cuantía anual Pesetas Número de habitantes
De 1 a 499 54.000
De 500 a 999 100.000
De 1.000 a 2.999 186.000
De 3.000 a 4.999 264.000
De 5.000 a 6.999 322.000
De 7.000 o más 368.000
Segundo.-En virtud de lo dispuesto en la disposición adicional décima
de la Ley 38/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 1993, los Ayuntamientos de los municipios integrantes de
cada una de las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz,
constituidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 50.1y2delaLeyde
Demarcación y de Planta Judicial, percibirán el 50 por 100 de la cantidad
que, por población de derecho, les corresponda.
El restante 50 por 100 pasará a incrementar la cantidad que, en función
de su población de derecho, corresponda a los Ayuntamientos de los
municipios sedes de las citadas Agrupaciones.
Tercero.-En base a lo dispuesto en los Reales Decretos 966/1990, de
20 de julio; 1684/1987, de 6 de noviembre; 2166/1994, de 4 de noviembre;
293/1995, de 24 de febrero; 2462/1996, de 2 de diciembre, y 142/1997,
de 31 de enero, sobre traspaso de funciones de la Administración del
Estado a la Generalidad de Cataluña, Comunidad Autónoma del País Vasco,
Comunidad Autónoma de Galicia, Comunidad Valenciana, Comunidad
Autónoma de Canarias y Comunidad Autónoma de Andalucía,
respectivamente, en materia de provisión de medios materiales y económicos para
el funcionamiento de la Administración de Justicia; el presente Acuerdo
no será de aplicación a los Ayuntamientos de las mencionadas
Comunidades Autónomas.
Cuarto.-Por los Ministerios de Justicia y de Economía y Hacienda se
determinarán los procedimientos de gestión para librar a los
Ayuntamientos las cantidades referidas.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 12 de junio de 1998.
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Ilmo. Sr. Subsecretario de Justicia.
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