Visto el expediente del Centro Docente privado de Educación
Secundaria denominado "Asunción Cuestablanca", domiciliado en la avenida de
Burgos, kilómetro 11,800, de Madrid, en relación con la modificación de
la autorización del centro, por ampliación de dos unidades en la etapa
de la Educación Secundaria Obligatoria,
El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:
Primero.-Modificar la autorización del Centro privado de Educación
Secundaria Asunción Cuestablanca, de Madrid, por ampliación de dos
unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, quedando
configurado del modo siguiente:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Asunción Cuestablanca".
Titular: Religiosas de la Asunción.
Domicilio: Avenida de Burgos, kilómetro 11,800.
Localidad: Madrid.
Municipio: Madrid.
Provincia: Madrid.
Enseñanzas que se autorizan:
a) Educación Secundaria Obligatoria: Capacidad, catorce unidades
y cuatrocientos once puestos escolares.
b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la
Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad, nueve unidades
y trescientos quince puestos escolares.
c) Ciclos formativos de grado medio para los que se solicite
autorización, siempre que cuenten con los espacios correspondientes para ello.
Segundo.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante al Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses
desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956,
y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Madrid, 5 de junio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17
de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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