Visto el expediente de indulto de don Juan Bautista Castillo González,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Málaga, en sentencia
de fecha 23 de octubre de 1995, como autor de un delito de lesiones,
a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 5 de junio de 1998,
Vengo en conmutar a don Juan Bautista Castillo González la pena
privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrida5dejunio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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