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La entidad "Atocha, Sociedad Anónima de Seguros", ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la cesión general de la cartera del ramo de Enfermedad de la entidad "Organización de Asistencia Médica, Sociedad Anónima de Seguros".
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la cesión general de la cartera del ramo de Enfermedad de la entidad "Organización de Asistencia Médica, Sociedad Anónima de Seguros", a la entidad "Atocha, Sociedad Anónima de Seguros".
Segundo.-Cancelar la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad "Organización de Asistencia Médica, Sociedad Anónima de Seguros", de acuerdo con lo dispuesto en el ar- tículo 27.5 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Dicha cancelación producirá sus efectos a la fecha en que se produzca la preceptiva inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 19 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
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