Visto el expediente de indulto de don Pascasio Francisco Vázquez
Medina, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo
establecido en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado
de lo Penal número 1 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 1 de
diciembre de 1995, le condenó, como autor de un delito contra el deber
de prestación del servicio militar, a la pena de dos años cuatro meses
y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo
de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1994, a
propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 12 de junio de 1998,
Vengo en indultar a don Pascasio Francisco Vázquez Medina la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los
demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no
vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento
de la condena.
Dado en Madrid a 12 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid