Visto el expediente de indulto de don Francisco Agustín de Dios Iglesias,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Zamora, en sentencia
de fecha 1 de marzo de 1995, como autor de un delito de lesiones graves,
a la pena de tres años de prisión menor, con las accesorias de suspensión de
todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12
de junio de 1998,
Vengo en conmutar a don Francisco Agustín de Dios Iglesias la pena
privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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