Visto el expediente de indulto de don Miguel Fernández Caballero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Barcelona, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1994, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de un año de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, y una falta de hurto, a la pena de diez días de arresto menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de junio de 1998,
Vengo en indultar a don Miguel Fernández Caballero las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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