Visto el expediente de indulto de don Ramón Fuertes Hortal, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 1 de León, en sentencia de fecha 14 de
marzo de 1990, como autor de un delito contra la salud pública, a la
pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor y multa
de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo
público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de junio
de 1998,
Vengo en conmutar a don Ramón Fuertes Hortal la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de cien días-multa, a
satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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