Visto el expediente de indulto de don Manuel José Maña Hague, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid, en sentencia de fecha 5
de marzo de 1996, como autor de un delito de quebrantamiento de condena,
a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta de la
Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 12 de junio de 1998,
Vengo en conmutar a don Manuel José Maña Hague la pena privativa
de libertad pendiente de cumplimiento, por otra de sesenta días-multa,
a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de
cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 12 de junio de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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