La Sociedad Agraria de Transformación número 1.241, Frutos Librilla,
de Librilla (Murcia), cuyo ámbito de actuación es superior al de una
Comunidad Autónoma, fue reconocida como Organización de Productores de
Frutas y Hortalizas, según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 1 de
junio de 1987. Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como
Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en
el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28
de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997;
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa
que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de
Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11
del Reglamento (CE) número 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996,
y la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría I (Frutas y Hortalizas),
a la Sociedad Agraria de Transformación número 1.241, Frutos Librilla,
de Librilla (Murcia).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de
Productores de Frutas y Hortalizas a la Sociedad Agraria de Transformación
número 1.241, Frutos Librilla, de Librilla (Murcia), para la categoría I
(Frutas y Hortalizas), con el número 035.
Madrid, 10 de junio de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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