A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la sesión del Pleno celebrada el día 17 de abril de 1998, y en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 29), del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 28), de desarrollo parcial de dicha Ley,
Este Ministerio ha resuelto:
Ejercer el derecho de tanteo para el Estado, sobre el bien mueble que fue incluido en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Durán, Subastas de Arte, en Madrid, el día 29 de abril de 1998, que figura con el número y referencia siguientes:
Lote 742: Moneda visigoda de oro. Mérida. Sisebuto.
Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de 50.000 pesetas, más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.
Que dicho bien mueble se deposite en el Museo Nacional de Arte Romano de Mérida, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia, una vez consumada la venta.
Lo digo a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 2 de junio de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretario y Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales.
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