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Documento BOE-A-1998-16008

Resolución de 12 de junio de 1998, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, por la que se reconoce como organización de productores de frutas y hortalizas, conforme al artículo 11 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, a la sociedad cooperativa «El Limonar de Santomera», de Santomera (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 1998, páginas 22350 a 22351 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-16008

TEXTO ORIGINAL

La sociedad cooperativa "El Limonar de Santomera", de Santomera

(Murcia) cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad

Autónoma, fue reconocida como organización de productores de frutas y

hortalizas según el Reglamento (CEE) número 1035/72, el 8 de marzo de 1987.

Esta entidad ha solicitado el reconocimiento como organización de

productores de frutas y hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del

Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y la

Orden de 30 de abril de 1997.

Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa

que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:

Primero.-Conceder el reconocimiento como organización de

productores de frutas y hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11

del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre, y

la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría I (frutas y hortalizas)

a la sociedad cooperativa "El Limonar de Santomera", de Santomera

(Murcia).

Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de

Productores de Frutas y Hortalizas a la sociedad cooperativa "El Limonar

de Santomera", de Santomera (Murcia) para la categoría I (frutas y

hortalizas) con el número 010.

Tercero.-Que se continúen asignando, hasta su expiración, como

derechos adquiridos, las ayudas contempladas en el artículo 14 del Reglamento

(CEE) número 1035/72 en aplicación del artículo 53 del Reglamento (CE)

número 2200/96.

Madrid, 12 de junio de 1998.-El Director general, Rafael Milán Díez.

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