El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión
del día de la fecha, ha acordado:
Primero.-Resolver parcialmente el concurso convocado por
su anterior Acuerdo de 11 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" del 18), nombrando Magistrados suplentes de la
Audiencia Nacional y Juez sustituto del Juzgado Central de lo
Penal para el año judicial 1998-1999, a los candidatos
relacionados en el anexo.
Segundo.-Los candidatos nombrados que ejercieran cualquier
empleo, cargo, profesión o actividad comprendidos en alguno de
los supuestos mencionados en el artículo 389 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, deberán optar, en el plazo de ocho días, a
contar desde el siguiente al de publicación de este Acuerdo en
el "Boletín Oficial del Estado", por uno u otro cargo, o cesar en
la actividad incompatible, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 201.4 y 390.1 del expresado texto legal.
Tercero.-Los Magistrados suplentes nombrados tomarán
posesión del cargo ante la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional.
El Juez sustituto del Juzgado Central de lo Penal tomará posesión
en el Juzgado Decano. Todos ellos, antes de tomar posesión,
prestarán juramento o promesa en los términos del artículo 318, y
conforme a lo establecido en el artículo 321, ambos de la Ley
Orgánica del Poder Judicial. El plazo posesorio será de tres días,
contados a partir del juramento o promesa, y, en todo caso, el
de veinte días naturales, computados a partir del día siguiente
al de la publicación de este Acuerdo en el "Boletín Oficial del
Estado".
Estarán dispensados del requisito del juramento o promesa
quienes lo hubieran ya prestado por haber ocupado con
anterioridad el cargo de Magistrado suplente o Juez sustituto. En este
caso, deberán posesionarse del cargo en el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del
nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
Se entenderá que renuncian al cargo quienes no compareciesen
a prestar el juramento o promesa o a tomar posesión dentro de
los plazos establecidos y sin haber alegado justa causa.
Cuarto.-Los nombramientos tendrán efecto durante el año
judicial 1998-1999, que comprende desde el 1 de septiembre
de 1998 al 31 de agosto de 1999.
Quinto.-Los Magistrados suplentes de la Audiencia Nacional
y el Juez sustituto del Juzgado Central de lo Penal cesarán, por
transcurso del plazo para el que fueron nombrados, el día 31
de agosto de 1999, y, con anterioridad a esta fecha, por razón
de edad, el día que cumplan setenta y dos años, y por las demás
causas determinadas en el artículo 201.5 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial.
Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo,
en el plazo de dos meses, computados de fecha a fecha, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 29 de junio de 1998.-El Presidente del Consejo
General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
ANEXO
Audiencia Nacional
Magistrados suplentes:
Alba Romero, María Dolores de.
Arteaga Cerrada, Rosa María.
Basterra Montserrat, Daniel.
Jiménez Hernández, Antonio.
Narváez Fernández, José.
No-Louis Magalhaes, Eduardo de.
Juzgado de lo Penal único
Juez sustituto:
Vicente Galián, Jesús.
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