En el recurso contencioso-administrativo número 1.436/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Prensa
Española, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de
Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1994 y 27 de marzo de 1995,
se ha dictado, con fecha 24 de enero de 1998, por el citado Tribunal,
sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: que desestimando el recurso contencioso-administrativo
promovido por ªPrensa Española, Sociedad Anónimaº, contra la Resolución
de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 5 de diciembre
de 1994, confirmada en reposición por Resolución de 27 de marzo de
1995, que concedieron el registro de la marca española número 1.756.377
ªBNº, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones son ajustadas
a Derecho, por lo que deben ser confirmadas. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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