En el recurso contencioso-administrativo número 1.735/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "ITM
Entreprises, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española
de Patentes y Marcas de 3 de octubre de 1994 y 28 de febrero de 1995,
se ha dictado, con fecha 22 de abril de 1997, por el citado Tribunal,
sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil ªITM Entre-
prises, Sociedad Anónimaº, contra la resolución de fecha 3 de octubre
de 1994 de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que denegó la marca
internacional número 593.676, ªFulcidº, para distinguir insecticidas (clase
5), así como frente a la de 28 de febrero de 1995, que desestimó el recurso
formulado contra aquélla, debemos declarar y declaramos ajustados a
derecho los citados actos administrativos; sin hacer imposición de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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