En el recurso contencioso-administrativo número 899/1994, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "La Casera, Central
de Servicios, Sociedad Anónima", actuando como codemandada "The
Coca-Cola Company", contra Resolución del Registro de la Propiedad
Industrial, de 5 de mayo de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas
de 28 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 13 de diciembre de
1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como
sigue:
"Fallamos: Que desestimando el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Luis Suárez Migoyo, más tarde
sustituido por el Procurador señor Álvarez Buylla, en nombre y
representación de la entidad ªLa Casera, Central de Servicios, Sociedad
Anónimaº, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de fecha 28 de octubre de 1993, desestimatoria del recurso de reposición
interpuesto contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial
de fecha 5 de mayo de 1992, que denegó la inscripción de la marca número
1.538.533-7, denominativa ªTinto de Veranoº, debemos declarar y
declaramos que ambas resoluciones son ajustadas a Derecho; sin hacer expresa
imposición de las costas causadas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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