En el recurso contencioso-administrativo número 899/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «La Casera, Central de Servicios, Sociedad Anónima», actuando como codemandada «The Coca-Cola Company», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 5 de mayo de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 13 de diciembre de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Luis Suárez Migoyo, más tarde sustituido por el Procurador señor Álvarez Buylla, en nombre y representación de la entidad “La Casera, Central de Servicios, Sociedad Anónima”, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 28 de octubre de 1993, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de mayo de 1992, que denegó la inscripción de la marca número 1.538.533-7, denominativa “Tinto de Verano”, debemos declarar y declaramos que ambas resoluciones son ajustadas a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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