En el recurso contencioso-administrativo número 1.221/1985 (nuevo
1.084/1989), interpuesto ante la Audiencia Territorial de Madrid por "Lever
Sunlicht GmbH", actuando como codemandada "Unión Detallistas
Alimentación, Sociedad Anónima", contra Resolución del Registro de la Propiedad
Industrial, de 27 de marzo de 1985, se ha dictado, con fecha 26 de marzo
de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia,
confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte
dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la Procuradora de los Tribunales señora Jerez Monge,
en nombre y representación de ªLever Sunlicht GmbHº, debemos declarar
y declaramos que es conforme a Derecho la Resolución del Registro de
la Propiedad Industrial que concedió la inscripción de la marca número
1.021.375, ªLuceº, para la clase 3; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de mayo de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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