Considerando que, en fecha 26 de mayo de 1998, el Gobierno de la
Generalidad de Cataluña delimitó el entorno de protección de la iglesia
de San Joan d'Isil, en Alt Àneu (Pallars Sobirá).
De acuerdo con lo que establece el artículo 22 de la Ley 9/1993,
de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán,
Resuelvo:
Que se publique íntegramente en el "Diario Oficial de la Generalidad
de Cataluña" el Acuerdo del Gobierno de 26 de mayo de 1998, de
delimitación del entorno de protección de la iglesia de Sant Joan d'Isil, en
Alt Àneu (Pallars Sobirà).
Barcelona, 3 de junio de 1998.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.
ACUERDO DE 26 DE MAYO DE 1998, DEL GOBIERNO DE LA
GENERALIDAD, DE DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE
LA IGLESIA DE SAN JOAN D'ISIL, EN ALT ÀNEU (PALLARS SOBIRÀ)
Considerando que por el Decreto de 30 de marzo de 1951 ("Boletín
Oficial del Estado" de 12 de mayo) se declaró monumento histórico-artístico
la iglesia de San Joan d'Isil, en Alt Àneu;
Visto que el Departamento de Cultura, por la Resolución de 25 de
septiembre de 1997 ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"
número 2.492, de 9 de octubre), incoó expediente para la delimitación del entorno
de protección de la iglesia de San Joan d'Isil;
Considerando que se han cumplido todos los trámites preceptivos en
la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los
artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del
Patrimonio Cultural Catalán;
Vistos los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio
Cultural Catalán y del Instituto de Estudios Catalanes;
Vistas las alegaciones presentadas y considerando que ninguna de ellas
desvirtúa el contenido de esta delimitación,
A propuesta del Consejero de Cultura el Gobierno acuerda:
1. Delimitar el entorno de protección de la iglesia de Sant Joan d'Isil,
en el municipio de Alt Àneu (Pallars Sobirà), cuya justificación figura
en el anexo, y que consta grafiado en el plano que se publica junto con
este Acuerdo.
2. Incluir como objeto de protección el subsuelo de la iglesia de Sant
Joan d'Isil.
ANEXO
Justificación del entorno de protección:
La iglesia de Sant Joan d'Isil está apoyada sobre el estrecho margen
que deja el río Noguera Pallaresa aguas abajo del pueblo d'Isil. La
peculiaridad principal, desde el punto de vista paisajístico, radica en que la
iglesia de San Joan d'Isil está fundamentada sobre la roca que conforma
el lecho del río y en que el Noguera Pallaresa baña constantemente sus
ábsides.
El entorno se ha delimitado a partir de la curva de la carretera de
Esterri d'Àneu a Alòs d'Isil, punto desde el que se ve la iglesia por primera
vez.
Por este motivo se ha considerado necesario delimitar su entorno, al
oeste, hasta la cota 1.175 para englobar por esta parte el otro lado de
la carretera a unos 25 metros de altura sobre el nivel del río, y de este
modo se permita garantizar un telón de fondo por encima del punto más
alto de la cubierta de la iglesia. Al norte, al este y al sur, se han incluido
los prados y campos a ambos lados del río desde donde es posible
contemplar esta panorámica de la iglesia que se integra en el paisaje de una
manera singular, limitando su ámbito a la carretera, al extremo norte
del prado y al camino de los huertos.
Los límites responden a las características topográficas del terreno,
a los caminosyalacarretera existente, así como a la cercanía del río
en este tramo y se ajustan a las condiciones de este lugar permitiendo
la visualización de manera suficiente en cuanto a la extensión, control
paisajístico y correcta percepción de la iglesia de San Joan d'Isil.
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