Por Orden de Economía y Hacienda de 16 de julio de 1997, modificada por Orden de 17 de febrero de 1998, se crean y establecen las bases reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior. El apartado primero establece que la convocatoria se realizará por el Director general de Comercio Interior, conforme a la delegación de competencias atribuidas por Resolución de 2 de julio de 1996, de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.6 de la Ley General Presupuestaria, Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas y Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Economía y Hacienda, resuelvo:
Se aprueba la convocatoria para 1998 de:
Un premio nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, que tendrá dos accésit.
Un premio nacional al pequeño comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología, asociación o fusión de empresas.
Las bases reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior, se rigen conforme a lo establecido en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 16 de julio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de agosto), modificada por Orden de Economía y Hacienda, de 17 de febrero de 1998 («Boletín Oficial del Estado» del 26), que establecen las bases reguladoras de las mismas. La dotación de los premios será con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: 15.21.763A.460 (premio nacional a Ayuntamientos), y 15.21.763A.470 (premio nacional al pequeño comercio).
Los interesados enviarán a la Dirección General de Comercio Interior a través del Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, paseo de la Castellana, 162, de Madrid, y dentro del plazo comprendido entre el día de la publicación de esta Resolución y el 15 de septiembre próximo, la siguiente documentación:
Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados.
Fotocopia del documento nacional de identidad (personas físicas).
Escrituras de constitución y apoderamiento (personas jurídicas).
Documento justificativo de representación (Ayuntamientos).
Dicha solicitud con la documentación correspondiente podrá presentarse además de en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal procederá, en el plazo de treinta días naturales desde la fecha de finalización de la presentación de solicitudes, a realizar la selección y a elevar propuesta de resolución de adjudicación de los premios al Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de junio de 1998.‒El Director general, José Luis Marrero Cabrera.
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