Por Orden de Economía y Hacienda de 16 de julio de 1997, modificada
por Orden de 17 de febrero de 1998, se crean y establecen las bases
reguladoras de los premios nacionales relacionados con el comercio interior.
El apartado primero establece que la convocatoria se realizará por el
Director general de Comercio Interior, conforme a la delegación de competencias
atribuidas por Resolución de 2 de julio de 1996, de la Secretaría de Estado
de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.6
de la Ley General Presupuestaria, Real Decreto 2225/1993, de 17 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la
Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas y Real Decreto 1884/1996, de
2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Economía
y Hacienda, resuelvo:
Primero.-Se aprueba la convocatoria para 1998 de:
Un premio nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las
actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades, que
tendrá dos accésit.
Un premio nacional al pequeño comercio, destinado a premiar el
desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de
la tecnología, asociación o fusión de empresas.
Segundo.-Las bases reguladoras de los premios nacionales
relacionados con el comercio interior, se rigen conforme a lo establecido en la
Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 16 de julio de 1997
("Boletín Oficial del Estado" de 8 de agosto), modificada por Orden de
Economía y Hacienda, de 17 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
del 26), que establecen las bases reguladoras de las mismas. La dotación
de los premios será con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
15.21.763A.460 (premio nacional a Ayuntamientos), y 15.21.763A.470
(premio nacional al pequeño comercio).
Tercero.-Los interesados enviarán a la Dirección General de Comercio
Interior a través del Registro General del Ministerio de Economía y
Hacienda, paseo de la Castellana, 162, de Madrid, y dentro del plazo comprendido
entre el día de la publicación de esta Resolución y el 15 de septiembre
próximo, la siguiente documentación:
Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Memoria técnica y documentos acreditativos de los méritos alegados.
Fotocopia del documento nacional de identidad (personas físicas).
Escrituras de constitución y apoderamiento (personas jurídicas).
Documento justificativo de representación (Ayuntamientos).
Dicha solicitud con la documentación correspondiente podrá
presentarse además de en el Registro General del Ministerio de Economía y
Hacienda, en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal procederá, en el plazo de treinta días naturales desde la
fecha de finalización de la presentación de solicitudes, a realizar la
selección y a elevar propuesta de resolución de adjudicación de los premios
al Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana
Empresa.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 29 de junio de 1998.-El Director general, José Luis Marrero
Cabrera.
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