En virtud de los Convenios de cooperación cultural, educativa y
científica vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria, Eslovaquia, Hungría,
Polonia, República Checa y Rumania, por otra, los Departamentos de
Educación de los citados países ofrecen veintiocho plazas para contratar como
Profesores de Educación Secundaria licenciados españoles para impartir
enseñanza en español en distintas áreas de la Enseñanza Secundaria en
las secciones españolas de los institutos bilingües de estos países para
el curso académico 1998-1999.
En dichos Convenios se establece que la Administración educativa
española contribuirá a este programa con una aportación que complemente
las retribuciones que los profesores españoles reciben de las autoridades
educativas competentes de los citados países, asumiendo, asimismo, los
gastos de viaje de ida y vuelta.
Para dar cumplimiento a lo convenido, esta Secretaría General Técnica
ha resuelto:
Primero.-1. Anunciar veintiocho plazas destinadas a licenciados
españoles de las especialidades que se especifican en el anejo para ser
contratados como Profesores de Enseñanza Secundaria en las secciones
españolas de los institutos bilingües que se indican.
2. Los licenciados españoles seleccionados serán contratados como
Profesores de Enseñanza Secundaria por las correspondientes autoridades
educativas de los respectivos países, percibiendo unas retribuciones
equivalentes a las de un Profesor de Enseñanza Secundaria de dichos países,
con derecho a alojamiento y asistencia sanitaria.
3. Los licenciados españoles seleccionados deberán impartir las
enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico
completo, que comenzará el 1 de septiembre de 1998 y concluirá el 30
de junio de 1999 (excepto en Polonia, donde finalizará el 30 de agosto
de 1999).
Segundo.-1. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Estar en posesión o encontrarse en condiciones de obtener, antes
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación
requerida en la descripción de las plazas que soliciten (anejo).
c) No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
2. En caso de que el seleccionado por las autoridades educativas de
los países que se especifican en el anejo, fuera funcionario docente de
carrera, deberá solicitar el paso a la situación administrativa de servicios
especiales por participar en un programa de cooperación internacional.
Tercero.-1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los
documentos (originales o fotocopias compulsadas) que acrediten que el solicitante
cumple los requisitos establecidos en el apartado segundo. No serán tenidas
en cuenta las solicitudes que no aporten la totalidad de los documentos
requeridos, que serán los siguientes:
1. Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
2. Currículum vitae.
3. Títulos académicos o documento acreditativo de haber efectuado
el pago para su expedición.
4. Certificados acreditativos de la experiencia docente del solicitante,
en el caso de que se alegue.
5. Certificación académica personal, expedida por el centro
universitario correspondiente, en la que consten las calificaciones de todos los
cursos de licenciatura.
6. Certificados acreditativos de los demás méritos alegados.
7. Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad
que imposibilite el ejercicio de la docencia.
2. Se valorará positivamente estar en posesión del Certificado de
Aptitud Pedagógica.
3. En la solicitud se harán constar con claridad los datos personales
del solicitante, su domicilio y un teléfono de contacto a efectos de
localización si hubiere lugar a la entrevista prevista en la presente convocatoria.
También se señalarán, por orden de preferencia, las plazas por las que
opte el solicitante.
4. Las solicitudes se dirigirán a la Subdirección General de
Cooperación Internacional y se presentarán, junto con la documentación aneja,
preferentemente, en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y
Cultura, paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, o en el Registro General del
Ministerio de Educación y Cultura, calle Los Madrazo, 15, 28071 Madrid,
pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en
cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. En caso de que se opte por presentar la solicitud en una
oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea
fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días naturales
contados a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
la presente Resolución.
5. Los solicitantes que hayan ocupado durante el curso 1997-1998
una plaza de las que se anunciaron en la Resolución de 31 de julio de
1997 y soliciten la renovación de su contrato estarán exentos de presentar
los documentos mencionados en el punto tercero 1.
Cuarto.-La selección corresponderá a las autoridades competentes de
los citados países y, una vez aceptadas por éstos las candidaturas, no
se admitirá renuncia a las mismas salvo en caso de situaciones de gravedad,
debidamente justificadas.
Los candidatos seleccionados podrán ser convocados a una entrevista
personal o a una jornada de información en Madrid.
Quinto.-La relación de los candidatos seleccionados y no seleccionados
se expondrá en el tablón de anuncios de la Subdirección General de
Cooperación Internacional (paseo del Prado, número 28). Asimismo, a los
candidatos que resulten seleccionados se les notificará individualmente.
Sexto.-El Ministerio de Educación y Cultura contribuirá a este
programa, con cargo al crédito presupuestario 18.02.134A.480 y siempre que
se cumplan las obligaciones que establece la presente Resolución, con:
a) Una ayuda complementaria al sueldo para cada uno de los
licenciados seleccionados, por una cuantía máxima de 840.000 pesetas por
curso académico, correspondiente a doce mensualidades, cuyo importe
se librará, por meses, mediante transferencia a una cuenta bancaria abierta
en España a nombre de los interesados.
b) Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y regreso, de
150.000 pesetas, que se librará por transferencia a una cuenta bancaria
de los interesados en España en dos pagos de 75.000 pesetas, que se
realizarán en el último trimestre de 1998 y en el segundo trimestre de 1999,
respectivamente, corriendo a cargo del beneficiario la gestión y compra
de los títulos de transporte.
Séptimo.-Los licenciados seleccionados tendrán las siguientes
obligaciones generales:
a) Deberán incorporarse a los puestos para los que hayan sido
seleccionados el 1 de septiembre de 1998.
b) Una vez suscrito el oportuno contrato con las autoridades
académicas correspondientes, pasarán a depender, a efectos académicos y
administrativos, de la dirección del centro al que sean destinados, sin
perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiarios
de la ayuda concedida por el Ministerio de Educación y Cultura, se
establecen en esta misma Resolución.
c) Informar al Asesor Técnico de la Embajada de España en el país
correspondiente del desarrollo de su labor y de cualquier otro extremo
que, relacionado con el desempeño de su puesto de trabajo, le sea requerido
por dicho Asesor.
d) Impartir las enseñanzas que le sean encomendadas por la dirección
del centro durante el período que conste en el contrato suscrito. El
incumplimiento del plazo temporal del mismo será causa de revocación de la
ayuda otorgada y conllevará la devolución de las cantidades percibidas
hasta la fecha.
e) Atender las indicaciones del Asesor Técnico correspondiente al
objeto de justificar adecuadamente la percepción de las ayudas concedidas,
cumplimentando, en su caso, los documentos necesarios para ello.
f) El sometimiento a las actuaciones de comprobación que pueda
efectuar el Ministerio de Educación y Cultura y las de control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado,
en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas
en la legislación del Tribunal de Cuentas.
g) Comunicar, en su caso, la obtención de cualquier otra subvención
o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualesquiera
Administraciones o entes públicos nacionales o internacionales.
Octavo.-Contra la presente Resolución, que entrará en vigor el mismo
día de su publicación, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, previa la preceptiva comunicación a la Subdirección General de
Cooperación Internacional, según lo establecido en el artículo 110.3 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992.
Madrid, 30 de junio de 1998.-El Secretario general técnico, Juan
Antonio Puigserver Martínez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.
ANEJO
Bulgaria
Instituto bilingüe "Miguel de Cervantes", de Sofía:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Instituto bilingüe "F. Joliot Curie", de Varna:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Eslovaquia
Instituto bilingüe "Federico García Lorca", de Bratislava:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Matemáticas y Física. Licenciatura requerida: Matemáticas
o Física.
Una plaza de Química y Biología. Licenciatura requerida: Química o
Biología.
Instituto bilingüe "Párovská", de Nitra:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Matemáticas y Física. Licenciatura requerida: Matemáticas
o Física.
Una plaza de Química y Biología. Licenciatura requerida: Química o
Biología.
Instituto bilingüe de Kosice: v
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Física, Matemáticas, Química y Biología. Licenciatura
requerida: Matemáticas, Física o Química.
Instituto bilingüe de Trstená:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Hungría
Instituto bilingüe "Károlyi Mihály", de Budapest:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Geografía e Historia. Licenciatura requerida: Historia.
Una plaza de Geografía. Licenciatura requerida: Geografía.
Una plaza de Física. Licenciatura requerida: Física
Una plaza de Matemáticas. Licenciatura requerida: Matemáticas
Polonia
Liceo bilingüe "Miguel de Cervantes", de Varsovia:
Tres plazas de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Biología. Licenciatura requerida: Biología.
Liceo "Adam Mickiewicz", de Cracovia:
Una plaza de Lengua y Literatura españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
República Checa
Instituto "Budejovická", de Praga:
Dos plazas de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza de Física y Química. Licenciatura requerida: Física o Química.
Una plaza de Matemáticas. Licenciatura requerida: Matemáticas.
Instituto "Brno-Bystrc", de Brno:
Una plaza Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
Una plaza Matemáticas, Física y Química. Licenciatura requerida:
Matemáticas o Física.
Rumania
Liceo bilingüe "Miguel de Cervantes", de Bucarest:
Una plaza de Lengua y Literatura Españolas. Licenciatura requerida:
Filología Hispánica.
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