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Documento BOE-A-1998-16675

Resolución de 23 de junio de 1998, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se conceden subvenciones a proyectos de investigación correspondientes al Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento en el Área de la Salud.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 1998, páginas 23373 a 23385 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-16675

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 29 de mayo de 1997, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, Vicepresidencia de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología («Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), se hacía pública la convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de proyectos de I+D en el marco del Programa Nacional de la Salud y del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento, del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.

De conformidad con lo establecido en el punto 6.1 de las normas de aplicación general de la mencionada resolución, las ponencias especializadas nombradas al efecto han elevado la correspondiente propuesta de concesión de los proyectos que se señalan en el anexo I a la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, haciendo constar que los proyectos propuestos reúnen todas las condiciones exigidas en la convocatoria y han sido informados favorablemente en el proceso de evaluación científico-técnica.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la resolución de convocatoria, he acordado:

Primero.

La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo I para la realización de proyectos de investigación por importe total de 226.988.000 pesetas, distribuidas en los ejercicios presupuestarios siguientes:

Primera anualidad: Ejercicio de 1998, 118.192.000 pesetas.

Segunda anualidad: Ejercicio de 1999, 59.529.000 pesetas.

Tercera anualidad: Ejercicio de 2000, 49.267.000 pesetas.

Total: 226.988.000 pesetas.

Segundo.

La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo II por los costes indirectos a que alude el apartado 7.4 de la Resolución de 29 de mayo de 1997 y que la de 29 de abril de 1998 fija en el 10 por 100, por importe total de 22.698.800 pesetas, distribuidas en los ejercicios presupuestarios siguientes:

Primera anualidad: Ejercicio de 1998, 11.819.200 pesetas.

Segunda anualidad: Ejercicio de 1999, 5.952.900 pesetas.

Tercera anualidad: Ejercicio de 2000, 4.926.700 pesetas.

Total: 22.698.800 pesetas.

Las cuantías de las subvenciones se abonarán con cargo al crédito 18.07.782 del Programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado.

Las subvenciones con cargo a ejercicios posteriores quedarán supeditadas a la aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales del Estado.

Los organismos perceptores de las subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de las acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a ese requisito.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2.f).

Madrid, 23 de junio de 1998.‒El Secretario de Estado, Manuel Jesús González González.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.

ANEXO I

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ANEXO II

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