Suscrito previa tramitación reglamentaria, entre la Universidad
Politécnica de Cataluña y el Instituto Tecnológico Geominero de España, el
día 24 de abril de 1998, un Convenio Específico de Colaboración para
el Desarrollo de un Proyecto de Investigación en Materia de Hidrología
Subterránea en la Isla de Fuerteventura, y en cumplimiento de lo
establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2
de marzo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la
publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 19 de junio de 1998.-El Director general, Emilio Custodio
Gimena.
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO
TECNOLÓGICO GEOMINERO DE ESPAÑA Y LA UNIVERSIDAD
POLITÉCNICA DE CATALUÑA, PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO
DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE HIDROLOGÍA SUBTERRÁNEA
EN LA ISLA DE FUERTEVENTURA
En Barcelona a 24 de abril de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Jaume Pagés i Fita, Rector
Magnífico de la Universidad Politécnica de Cataluña (en adelante UPC),
en representación legal de la citada Universidad, de acuerdo con las
atribuciones que tiene conferidas, y a petición del Departamento de Ingeniería
del Terreno y Cartográfica.
De otra parte, el ilustrísimo señor don Emilio Custodio Gimena, Director
general del Instituto Tecnológico Geominero de España (en adelante ITGE);
Real Decreto 230/1997, de 14 de febrero. Conforme le previene la
Ley 13/1986 de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de
Investigación Científica y Técnica; el Real Decreto 2402/1977, de 17 de junio,
y demás disposiciones que regulan el funcionamiento del organismo.
Reconociéndose, ambas partes, capacidad legal suficiente para
formalizar el presente Convenio Específico, al efecto,
EXPONEN
Primero. Antecedentes y circunstancias del Convenio.
La Universidad Politécnica de Cataluña, a través del Departamento
de Ingeniería del Terreno y Cartográfica desarrolla actividades de
investigación científica y técnica en el campo de las Ciencias de la Tierra,
contando para ello con los medios adecuados y con equipos de personal
cualificado, fundamentalmente en el campo de la Hidrología Subterránea y
la Geotecnia.
El ITGE es un Organismo Público de Investigación perteneciente al
Ministerio de Medio Ambiente (Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto)
y entre los fines y funciones que le otorga el artículo 4 del Real
Decreto 2402/1977, de 17 de junio, figura el estudio del suelo y subsuelo en
cuanto sea necesario para el conocimiento y desarrollo de la Geología,
Minería, Hidrogeología y Geotecnia, la formulación de planes, programas
y proyectos de reconocimiento e investigación de las materias citadas,
la ejecución de los mismos, la catalogación de cuantas materias contenidas
en el suelo o subsuelo sean susceptibles de aprovechamiento o
transformación industrial, la preparación de publicaciones sobre los trabajos
realizados, la publicación de la cartografía nacional específica y la ejecución
de informes técnicos solicitados por la Administración, además de
determinadas misiones medioambientales reconocidas en la normativa vigente.
De acuerdo con sus competencias el ITGE está desarrollando una serie
de actividades en la isla de Fuerteventura, en colaboración con el Consejo
Insular de Aguas de Fuerteventura, cuyo objetivo principal es profundizar
en el conocimiento que se tiene sobre el ciclo hidrológico y el
funcionamiento de los acuíferos en la zona en estudio, de clima árido, para
determinar con mayor precisión el origen y recarga de las aguas
subterráneas y, sobre todo, de su salinidad, lo que es imprescindible, para la
adecuada gestión de este escaso recurso hídrico convencional.
Segundo. Suscripción del Convenio.
La UPC y el ITGE suscribieron, el 9 de junio de 1977, un
ConvenioMarco de Cooperación, cuyo desarrollo, según consta en la cláusula cuarta,
se llevará a cabo mediante la firma de convenios específicos, en los cuales
se detallarán las actividades a realizar, así como su presupuesto y
financiación.
Por cuanto antecede, las partes comparecientes acuerdan suscribir el
presente Convenio Específico, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objetivo del Convenio.
La UPC y el ITGE tienen mutuo interés en promover estudios de
investigación conducentes a tesis doctorales que al mismo tiempo aporten al
ITGE el conocimiento adecuado del territorio en temas de su competencia,
como es, en este caso, la hidrogeología de la isla de Fuerteventura.
Segunda. Del campo de actuación y definición de los trabajos.
La UPC, a través del Departamento de Ingeniería del Terreno y
Cartográfica, cuenta con un doctorando en Hidrología Subterránea que realiza
su trabajo de investigación en la isla de Fuerteventura, con el apoyo de
Profesores e Investigadores de reconocido prestigio y conocimiento. Se
trata de llevar a cabo las siguientes actividades de interés para el ITGE,
con la aportación personal de ambas instituciones:
1. Recopilación, estudio, análisis y síntesis de la información
hidrogeológica existente.
2. Preparación de un inventario de captaciones que recoja la
información hidrogeológica de las captaciones y nacientes en archivo
convencional y otro informático (base de datos) similar al del ITGE, en un
programa de uso frecuente, e incorporación de la información existente a
este archivo y base de datos.
3. Definición de la zona de trabajo y definición de las subzonas de
interés preferente con precualificación de sus problemáticas, diseño de
los programas de trabajo, mediciones y muestreos en las subzonas.
4. Obtención de información, mediciones y muestreos químicos e
isotópicos ambientales.
5. Caracterización progresiva de los sistemas de recarga, descarga
y flujo subterráneo.
6. Caracterización progresiva de la composición físico-química e
isotópica ambiental de las aguas subterráneas y de su evolución espacial
y temporal.
7. Caracterización progresiva de los procesos de alteración del flujo,
recargas, descargas y calidad de las aguas subterráneas por acción
antrópica.
8. Realización de perfiles hidrogeológicos e hidrogeoquímicos de las
subzonas.
9. Propuesta de modelos de funcionamiento hidrogeológico de las
subzonas y contraste con programas de simulación de recargas, flujo
subterráneo e información físico-química e isotópica ambiental.
10. Evaluación de la recarga y su incertidumbre, planteamiento de
balances hidráulicos e hidrogeoquímicos.
11. Informe final con resultados y conclusiones e informe resumido
para divulgación.
Tercera. Formas de cooperación.
La UPC, a través del Departamento de Ingeniería del Terreno y
Cartográfica, pondrá a disposición del equipo encargado de desarrollar las
actividades contempladas en el presente Convenio, al doctorando Christian
Osvaldo Herrera Lamalí, cuya dedicación a las actividades descritas será
a tiempo total, más la codirección y el apoyo de los Profesores e
Investigadores del grupo de Hidrología Subterránea que en cada momento
convenga. Para el control de los trabajos, las partes designarán, en el plazo
de quince días, dos responsables cada una que formarán el Comité de
Seguimiento.
El ITGE dará apoyo científico-técnico, analítico, de prospección e
informático, y asesoría técnica, cubriendo además los gastos materiales de
ejecución de los trabajos.
Cuarta. Presupuesto y financiación.
La valoración total de los trabajos y estudios previstos en las
condiciones establecidas asciende a la cantidad de 24.000.000 de pesetas,
correspondientes a los gastos derivados de dietas y viajes de los
Investigadores pertenecientes a la UPC y al ITGE, así como de las
determinaciones analíticas y de prestación de instrumental que no posee el ITGE.
La aportación del ITGE queda supeditada a la existencia de asignación
presupuestaria (artículo 61 del texto refundido de la Ley General
Presupuestaria), con cargo al Capítulo 6, Programa 542/L del presupuesto
vigente del organismo correspondiente a 1998, 1999, 2000 y 2001, cuya
retención de crédito fue realizada con fecha 26 de febrero de 1988.
La distribución del presupuesto figura en el siguiente cuadro:
Años Organismo
1998 1999 2000 2001
ITGE............ 2.500.000 3.500.000 3.500.000 2.500.000
UPC ............. 2.500.000 3.500.000 3.500.000 2.500.000
Los pagos correspondientes a la aportación del ITGE se harán tras
conformar las facturas emitidas por la UPC en base a la aceptación de
los trabajos realizados, excepto para el primer pago que será en concepto
de previsión de fondos para el inicio de los trabajos.
Quinta. Plazos de ejecución.
El plazo de vigencia del presente Convenio, se establece desde la fecha
de la firma del mismo hasta el 31 de diciembre de 2001.
Sexta. Propiedad de los trabajos realizados.
De todos los documentos que se generen como consecuencia de la
ejecución de los temas específicos con la intervención del doctorando de
la UPC, contemplados en este Convenio, las partes firmantes tendrán una
copia idéntica.
Los resultados obtenidos podrán ser editados total o parcialmente,
previo acuerdo de las partes, haciendo mención de la participación en
los mismos del doctorando perteneciente a la UPC y de todos los
componentes del equipo que realice el proyecto, incluso podrán ser materia
de tesis doctoral.
El ITGE será el organismo depositario de toda la información generada
como resultado de los trabajos realizados.
Séptima. Legislación aplicable.
El presente Convenio se regirá por las cláusulas del mismo, por las
del Convenio-Marco y conforme a lo dispuesto en el artículo 3.1.c) de
la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones
Públicas, por tratarse de un Convenio de Colaboración. Para conocer de
los conflictos que la ejecución del presente Convenio pudiera suscitar le
será de competencia la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para cumplimentar el presente Convenio, se suscribe por duplicado
en el lugar y la fecha indicados al principio.
El Rector de la Universidad Politécnica de Cataluña, Jaume Pagés i
Fita.-El Director general del Instituto Tecnológico Geominero de España,
Emilio Custodio Gimena.
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