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Documento BOE-A-1998-168

Resolución de 13 de noviembre de 1997, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de modificación de la homologación del siguiente producto, fabricado por «Envases Metalner, Sociedad Anónima»: Bidón metálico de tapa fija, marca y modelo «Envases Metalner, Sociedad Anónima» 300 HD, para el transporte de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 1998, páginas 271 a 272 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1998-168

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por "Envases Metalner, Sociedad Anónima", con domicilio social en calle Progrès, sin número, polígono industrial "Pedregas", municipio de Montmeló (Barcelona), para la modificación de la homologación del siguiente producto, fabricado por "Envases Metalner, Sociedad Anónima", en su instalación industrial ubicada en Montmeló: Bidón metálico de tapa fija, marca y modelo "Envases Metalner, Sociedad Anónima", 300 HD, para el transporte de mercancías peligrosas.

Vista la resolución de homologación de fecha 18 de julio de 1997, con contraseña de homologación B-507 y organismo expedidor, la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña.

Vista la certificación de la EIC, ICICT, Entidad Colaboradora de la Administración, con clave BB.VC. 12183/97-2, de fecha 11 de junio de 1997, en la que se hace constar el seguimiento del cumplimiento de la normativa vigente para el transporte de mercancías peligrosas por carretera (TPC-ADR), ferrocarril (RID-TPF) y mar (IMO-IMDG), así como el seguimiento de las condiciones originales del proyecto que sirvió de base para conceder la contraseña de homologación citada,

He resuelto: Modificar la resolución de homologación citada en los términos siguientes:

a) Autorizar como materias a transportar aquellas establecidas en la Resolución original, pero que pertenezcan solamente a los grupos Y y Z de los grupos de embalaje II y III.

b) Que las materias envasadas cumplan la relación siguiente:

1.5y - 1.7x 79 següent:

x: Tensión de vapor de la materia a 15o C en kPa.

y: Tensión de vapor de la materia a 55o C en kPa.

Esta resolución de modificación de homologación sólo puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 13 de noviembre de 1997.-El Director general, P. D. (según Resolución de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.

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