Suscrita previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el día 4 de junio de 1998 el adenda al Convenio de Colaboración entre el suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 («Boletín Oficial del Estado» del 16), procede la publicación de dicho adenda que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 23 de junio de 1998.‒La Directora general, Dolores Carrillo Dorado.
En Madrid a 4 de junio de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga, Ministra de Medio Ambiente, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo.
De otra parte, el excelentísimo señor don José Luis Blanco Romero, Consejero de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
EXPONEN
Con fecha 27 de febrero de 1995, fue suscrito un Convenio entre el suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Andalucía, sobre actuaciones derivadas del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005.
En el texto del citado convenio se establecen las condiciones básicas de colaboración entre ambas instituciones para financiar las actuaciones encaminadas a la consecución de los objetivos marcados en el Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados 1995-2005, aprobado por Consejo de Ministros de 17 de febrero de 1995, así como se regulan los criterios generales de financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Asimismo, el Gobierno de la Nación, en su reunión de 21 de julio de 1995, acordó la delegación de la competencia en los titulares de los departamentos ministeriales, en su ámbito funcional correspondiente, para la celebración de convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas («Boletín Oficial del Estado» de 4 de agosto de 1995).
Posteriormente, con fecha 23 de noviembre de 1995, se firmó el adenda al convenio donde se establece la forma de pago.
Por Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, se reestructuran los departamentos ministeriales y se crea el Ministerio de Medio Ambiente; este departamento, asume las competencias correspondientes a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Vivienda, atribuidas hasta ese instante al Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, con excepción de las relativas a Vivienda y Urbanismo, así como las competencias de Obras Hidráulicas y las Confederaciones Hidrográficas.
Con la finalidad de conseguir un mayor perfeccionamiento en el desarrollo y ejecución del convenio, y en cumplimiento de la normativa sobre el gasto público, se establece la siguiente adición a las cláusulas ya convenidas:
CLÁUSULAS
Según los acuerdos alcanzados en las reuniones mantenidas por la Comisión Bilateral de Seguimiento de este Convenio, una vez examinada la situación de las actuaciones contenidas en los anexos I y II correspondientes a 1995, se actualizan dichos anexos para 1997, quedando establecidos por las acciones e inversiones que se fijan en el anexo adjunto.
Se adiciona a la cláusula segunda del convenio relativa a la financiación lo siguiente:
«La aportación del Ministerio de Medio Ambiente correspondiente al ejercicio de 1997 con cargo a la partida presupuestaria 23.08.443D.750, asciende a la cantidad de 100.000.000 de pesetas, según el desglose que figura en el anexo II».
La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.‒El Consejero de Medio Ambiente, José Luis Blanco Romero.
Fesa-Enfersa (Sevilla).
El Acebuchal (Sevilla).
Los Asperones (Málaga).
Viznar (Granada).
Pinos Puente (Granada).
Acerinox (Cádiz).
Unión Salazonera (Huelva).
Agroconsa (Huelva).
Total año 1997: 200,00 MM/pesetas.
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