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Documento BOE-A-1998-16886

Orden de 15 de junio de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del Centro «Nuestra Señora de la Asunción y San José Artesano», de Burgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 1998, páginas 23721 a 23721 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-16886

TEXTO ORIGINAL

El Centro "Nuestra Señora de la Asunción y San José Artesano", con

domicilio en avenida Casa de la Vega, sin número, de Burgos, tenía

concierto educativo para siete unidades de Formación Profesional de primer

grado (cuatro de la Rama Industrial-Agraria y tres de la Rama de Servicios),

cuatro unidades para la impartición de los ciclos formativos de grado

medio: Equipos Electrónicos de Consumo, Equipos e Instalaciones

Electrotécnicas y Gestión Administrativa, en base a lo establecido en la Orden

de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), por la que

se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos

de los centros docentes privados para el curso 1997/1998, por los motivos

que se indicaban como fundamento en la citada Orden de 9 de mayo

de 1997.

Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2

de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de

los conciertos educativos de los centros docentes privados para el

curso 1998/1999, se aprueba concierto educativo al citado Centro para:

Cuatro unidades de Formación Profesional de primer grado: Tres de

la Rama Industrial-Agraria y una unidad de la Rama de Servicios.

Seis unidades para los ciclos formativos de grado medio:

Comercio: Una unidad.

Equipos e Instalaciones Electrotécnicas: Una unidad para segundo

curso.

Equipos Electrónicos de Consumo: Dos unidades para primer y segundo

curso.

Instalación y Mantenimiento Electromecánica y Conducción de Líneas:

Una unidad de la Rama Industrial-Agraria para primer curso.

Mecanizado: Una unidad de la Rama Industrial-Agraria para primer

curso.

Considerando que el Centro ha obtenido informe favorable de la

Subdirección General de Infraestructuras para los ciclos formativos de grado

medio: Equipos e Instalaciones Electrotécnicas y Gestión Administrativa,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito en

Formación Profesional de primer grado y ciclo formativo de grado medio

por el Centro "Nuestra Señora de la Asunción y San José Artesano",

quedando establecido en un concierto educativo para las unidades que a

continuación se detallan:

Tres unidades para Formación Profesional de primer grado: Dos

unidades de la Rama Industrial-Agraria y una unidad de la Rama de Servicios.

Ocho unidades para los ciclos formativos de grado medio:

Comercio: Una unidad.

Equipos e Instalaciones Electrotécnicas: Dos unidades (una unidad para

primer curso y una unidad para segundo curso).

Equipos Electrónicos de Consumo: Dos unidades (una unidad para

primer curso y una unidad para segundo curso).

Gestión Administrativa: Una unidad.

Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y

Conducción de Líneas: Una unidad de la Rama Industrial-Agraria para primer

curso.

Mecanizado: Una unidad de la Rama Industrial-Agraria para primer

curso.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del Centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia

firmada por el Director provincial de Burgos y el titular del Centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-El concierto educativo para los ciclos formativos de grado

medio que por esta Orden se aprueba, estará condicionado a la finalización

de las obras y obtención de la preceptiva autorización al inicio del curso

académico 1998/1999.

Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la Orden,

previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 15 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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