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Documento BOE-A-1998-16888

Orden de 15 de junio de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Sagrado Corazón», de Logroño (La Rioja).

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 1998, páginas 23722 a 23722 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-16888

TEXTO ORIGINAL

El centro "Sagrado Corazón", sito en calle Huesca, número 39, de

Logroño (La Rioja), tenía concierto educativo para 13 unidades de Formación

Profesional de Segundo Grado: Siete unidades de la rama

Administrativa-Delineación y seis unidades de otras ramas, en base a lo establecido

en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14),

por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos

educativos de los centros docentes privados para el curso 1997-1998.

Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 2

de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de

los conciertos educativos de los centros docentes privados para el

curso 1998-1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para 12

unidades de Formación Profesional de Segundo Grado: Seis unidades de

la rama Administrativa-Delineación y seis unidades de otras ramas y una

unidad para la implantación del primer curso del ciclo formativo de Grado

Superior: Administración y Finanzas, por los motivos que se indicaban

como fundamento de la citada Orden de 26 de mayo de 1998.

Considerando que el centro ha obtenido informe favorable de la

Subdirección General de Infraestructuras para los ciclos formativos de Grado

Superior: Instalaciones Electrotécnicas y Mantenimiento de Equipo

Industrial,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo en

Formación Profesional de Segundo Grado del centro privado "Sagrado Corazón",

sito en calle Huesca, número 39, de Logroño (La Rioja), quedando

establecido un concierto educativo para las unidades, cursos y enseñanzas

que a continuación se indican:

Doce unidades para Formación Profesional de Segundo Grado: Seis

unidades de la rama Administrativa-Delineación y seis unidades de otras

ramas.

Tres unidades para la implantación anticipada del primer curso de

los ciclos formativos de Grado Superior: Administración y Finanzas (rama

Administrativa-Delineación); Instalaciones Electrotécnicas y

Mantenimiento de Equipo Industrial (ambos de otras ramas).

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia

firmada por el Director Provincial de La Rioja y el titular del centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-El concierto educativo para los ciclos formativos de Grado

Superior, instalaciones Electrotécnicas y Mantenimiento de Equipo

Industrial, que por esta Orden se aprueba, estará condicionado a la finalización

de las obras y obtención de la preceptiva autorización al inicio del curso

académico 1998-1999.

Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la

presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Orden,

previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 15 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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