En el recurso contencioso-administrativo número 1.294/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «ITM Entreprises, Sociedad Anónima», actuando como codemandada «Galletas Artiach, Sociedad Anónima», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 30 de marzo de 1995, se ha dictado, con fecha 20 de marzo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, contra la que se ha interpuesto recurso de casación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador señor Olmos Gámez, en representación de la entidad “ITM Entreprises, Société Anonyme”, contra las Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que denegó el registro de la marca internacional número 593.703 “Croc’City” de su titularidad para la clase 30 del Nomenclátor Internacional de Productos y Servicios, debemos declarar y declaramos esta Resolución ajustada a Derecho. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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