En el recurso contencioso-administrativo número 47/1995-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Kellogg Company, contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y marcas, de 4 de octubre de 1993 y 12 de agosto de 1994, se ha dictado, con fecha 31 de marzo de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispostiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 47/1995, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de Kellogg Company, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 12 de agosto de 1994 («BOPI» de 16 de noviembre), en cuanto desestimatoria del recurso entablado frente a la de 4 de octubre de 1993, por la que se denegó la inscripción de la marca 1.587.811, «Chocos», para distinguir «cereales para el desayuno» (clase 30 del Nomenclátor), debemos declarar y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes con el ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid