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En el recurso contencioso-administrativo número 687/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Henkel Ibérica, Sociedad Anónima», actuando como codemandada «Reckitt & Colman», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas 15 de diciembre de 1993 y 17 de noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 6 de febrero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad “Henkel Ibérica, Sociedad Anónima” contra la resolución de 17 de noviembre de 1994, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior resolución de 15 de diciembre de 1993 que concedió el registro del modelo industrial número 128.890, “Botellas”, series A, B, C y D, del tenor explicitado con anterioridad, y, estimando parcialmente la demandada articulada anulamos las resoluciones impugnadas tan sólo en cuanto concedieron el registro del modelo industrial número 128.890 en su serie o variante C. Se desestiman las restantes pretensiones. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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