En el recurso contencioso-administrativo número 416/1997, referente
al expediente de marca número 1.791.881/2, interpuesto ante el Tribunal
Superior de Justicia de La Rioja por "Bodegas Martínez Lacuesta, Sociedad
Anónima", contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de 20 de enero de 1997, se ha dictado, con fecha 17 de abril de 1998,
por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto declaramos no ser conforme a Derecho la impugnada Resolución
de la Dirección General de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de 20 de enero de 1997, dictada en decisión de recurso ordinario
interpuesto por la demandante, Resolución que, en consecuencia, anulamos
y dejamos sin efecto. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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