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Documento BOE-A-1998-17296

Resolución de 10 de julio de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se fija el importe bruto del cupón semestral que devengarán el 30 de enero de 1999 las Obligaciones del Estado a interés ajustable, emisión de 30 de julio de 1986.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 18 de julio de 1998, páginas 24272 a 24272 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-17296

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de

junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe

de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de

Obligaciones del Estado con intereses ajustables, esta Dirección General hace

público:

1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por

semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior

y amortizable, realizadas durante el segundo semestre de 1997 y el primer

semestre de 1998 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco

años, y que se detallan a continuación, ha sido el 5,026 por 100.

Interés nominal anual pagadero por semestres vencidos Porcentaje

Nominal Millones de pesetas Emisión

15-07-1997, de Bonos del Estado al

5,0 por 100 * ........................ 2.089.343,53 4,939

15-07-1997, de Bonos del Estado al

5,25 por 100 *....................... 1.159.471,04 5,183

Se excluyen los tramos del primero

al séptimo, inclusive, al tener el

vencimiento a más de cinco años

desde su emisión.

* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal

de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado

utilizando la siguiente fórmula:

(1+i S /200) 2 =1+i a /100,

donde i a es el tipo de interés nominal anual pagadero por anualidades vencidas

ei S es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente

ai a , expresados ambos en tanto por cien.

2. En consecuencia, siendo de aplicación el límite inferior establecido

en el apartado 3.2.2.1.b) de la citada Orden de 11 de junio de 1986, el

cupón bruto que devengarán el próximo 30 de enero de 1999 las

Obligaciones del Estado con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de

1986, será del 3,75 por 100.

Madrid, 10 de julio de 1998.-El Director general, Jaime Caruana

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