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Documento BOE-A-1998-17320

Orden de 16 de junio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en recurso de casación número 5.575/1993, interpuesto contra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Bilbao, en el recurso contencioso número 1.202/1987, interpuesto por el Notario don José Antonio Sanz Sáez.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 1998, páginas 24311 a 24311 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-17320

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de casación número 5.575/1993, interpuesto por el

Procurador don Santos de Gandarillas Carmona, en nombre y representación

del ilustre Colegio Notarial de Bilbao, y por el Abogado del Estado, en

nombre y representación de la Administración General del Estado, contra

la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Bilbao, de

fecha 6 de octubre de 1992, dictada en recurso contencioso-administrativo

número 1.201/1987, interpuesto por don José Antonio Sanz Sáez, contra

Resolución de 20 de junio de 1986, de la Dirección General de los Registros

y del Notariado, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto por

el mismo recurrente contra el acuerdo de la Junta Directiva del ilustre

Colegio Notarial de Bilbao de 16 de octubre de 1985, que desestimaba

la solicitud del recurrente de establecer entre las Notarías de Vitoria el

reparto de turno desigual del artículo 134.3 del Reglamento Notarial, la

Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta, del Tribunal

Supremo, ha dictado, con fecha 10 de marzo de 1998, la sentencia firme, cuya

parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso

de casación interpuesto por la representación procesal del Colegio Notarial

de Bilbao y por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada por

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de Vizcaya el 6 de octubre de 1992, cuyo fallo dice:

Que estimando parcial y sustancialmente el presente recurso

contencioso-administrativo número 1.201/1987, interpuesto por don José Antonio

Sanz Sáez, en su propio nombre y derecho, contra la Resolución del 20

de junio de 1986, de la Dirección General de los Registros y del Notariado,

que desestimaba el recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra

el acuerdo de la Junta Directiva del ilustre Colegio Notarial de Bilbao

de 16 de octubre de 1985, que desestimaba la solicitud de aquél de

establecer entre las Notarías de Vitoria el reparto de turno desigual del

artículo 134.3. o del Reglamento Notarial, debemos:

Primero.-Declarar que los actos recurridos son disconformes a derecho,

por lo que debemos anularlos y los anulamos.

Segundo.-Desestimar el resto de las pretensiones del recurrente en

tanto en cuanto no se acomoden o difieran del anterior pronunciamiento.

Tercero.-No hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas

del recurso.

Casamos y anulamos la expresada sentencia, que dejamos sin valor

ni efecto alguno.

Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en la

instancia contra el expresado acto del Colegio Notarial de Bilbao; sin hacer

especial imposición de las costas causadas en la instancia."

He tenido a bien disponer que se cumpla la mencionada sentencia

en sus propios términos.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 16 de junio de 1998.

MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.

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