Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-17484

Resolución de 19 de junio de 1998, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación a la Facultad de Náutica de Barcelona, para impartir Cursos de Operador General y Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo (SMSSM).

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1998, páginas 24654 a 24654 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-17484

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación de la Facultad de Náutica de Barcelona

de solicitud de prórroga de la homologación para continuar impartiendo

los Cursos de Operador General y Operador Restringido del Sistema

Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo (SMSSM), así como los informes

obrantes en el expediente.

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la Orden

de 30 de noviembre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de

diciembre), por la que se establecen cursos de especialidad marítima, ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación de la facultad de Náutica de

Barcelona para impartir los cursos de especialidad marítima siguientes:

Curso de Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad

Marítimo.

Curso de Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y

Seguridad Marítimo.

Segundo.-Esta homologación tendrá validez por un año a partir de

la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, la Facultad

de Náutica de Barcelona, solicitará la autorización de la Dirección General

de la Marina Mercante, a través de la Subdirección General de Inspección

Marítima, acompañando a esa solicitud, las fechas y horarios de los mismos,

así como titulación profesional y currículum profesional de los Profesores.

Cuarto.-La Facultad de Náutica de Barcelona, a la finalización de cada

curso, remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima, las actas

de los mismos, en las que se incluirá nombre, apellidos y número de

documento nacional de identidad de las personas que hayan sido "aptos" y

"no aptos" en el curso respectivo.

Quinto.-El personal marítimo que haya superado como "apto" el curso

impartido por la Facultad de Naútica de Barcelona, siempre que éste haya

sido desarrollado de acuerdo con el programa y las prácticas establecidas

en la Orden de 30 de noviembre de 1993, podrá solicitar el certificado

oficial que expide la Dirección General de la Marina Mercante, de acuerdo

con las actas referidas en el apartado anterior.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos tienen

los niveles de calidad y profesionalidad adecuados, la Subdirección General

de Inspección Marítima podrá efectuar inspecciones periódicas de los

mismos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, 19 de junio de 1998.-El Director general, Fernando Casas

Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid