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De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia número 28 de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 14 de enero de 1998, que es firme, recaída en el recurso número 2.092/1994, interpuesto por la Procuradora doña María José Arranz de Diego, en nombre y representación de don Rodolfo Conde Aguilera, contra la resolución del Vicerrector de la Universidad Politécnica de Madrid, de 27 de octubre de 1994, sobre admisión al curso de adaptación en la ETSI Industriales, mediante la consideración de las calificaciones a efectos de valoración del currículo, según las convocatorias utilizadas para su superación, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales señora Arranz de Diego, en nombre y representación de don Rodolfo Conde Aguilera, contra la resolución de fecha 27 de octubre de 1994, del Vicerrector de la Universidad Politécnica de Madrid, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico. Sin costas.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con la competencia que le confiere el artículo 76.e) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por Real Decreto 2536/1985, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 1986), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Madrid, 30 de junio de 1998.‒El Rector, Saturnino de la Plaza Pérez.
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