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Documento BOE-A-1998-17590

Orden de 9 de julio de 1998 por la que se resuelve el concurso específico 3/98 convocado por Orden de 7 de abril de 1998, para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para funcionarios de los grupos A, B y C.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 1998, páginas 24909 a 24920 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-17590

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 7 de abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 25), de este Departamento, se convocó concurso específico

3/98 para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación para funcionarios de los grupos

A,ByC.

Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la

convocatoria y a los efectos previstos en las bases duodécima y

decimotercera de la convocatoria,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere la

legislación vigente, y vista la propuesta de la Comisión de

valoración encargada de la valoración de los méritos, acuerda resolver

el mencionado concurso:

Primero.-Se hace públicos los destinos definitivos que han

sido adjudicados, así como los puestos declarados desiertos, según

se indica en el anexo de la presente Orden.

Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de

voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en

la base undécima puntos2y3.

Tercero.-El cómputo del plazo para el cese no se iniciará

mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan

sido concedidos a los interesados y que deberán comunicarse por

escrito a la Subdirección General de Personal de este Ministerio,

paseo Infanta Isabel, 1, 28014 Madrid.

Cuarto.-El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo

puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio

de residencia del funcionario, o de un mes, si comporta cambio

de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión

deberá computarse desde dicha publicación.

Quinto.-Los ceses y tomas de posesión serán formalizados

por las autoridades correspondientes, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de

noviembre.

Sexto.-Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de

lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses

contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación, previa

comunicación a este órgano de acuerdo con lo dispuesto en el

artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de

1996, "Boletín Oficial del Estado" del 6), el Subsecretario, Manuel

Lamela Fernández.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal.

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