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Documento BOE-A-1998-17812

Real Decreto 1681/1998, de 24 de julio, sobre renovación del Consejo de Gobierno del Banco de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 1998, páginas 25167 a 25167 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-17812

TEXTO ORIGINAL

La Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales,

administrativas y del orden social, en su disposición adicional

vigésima cuarta incorporó al ordenamiento jurídico español los

requisitos de independencia del Banco de España exigidos por el

artículo 107 del Tratado de la Comunidad Europa.

En dichos requisitos figura el relativo al mandato de los

Consejeros no natos, de manera que éste se amplió de cuatro a seis

años. Esta previsión se recogió en la disposición adicional vigésima

cuarta.uno.b), que dio nueva redacción al artículo 25.2 de la

Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.

Por otra parte, y en previsión de la futura renovación del

Consejo de Gobierno del Banco de España, el apartado tres de la

comentada disposición adicional precisó, de una parte, que la

ampliación del período de mandato surtiría efectos a partir de

la primera renovación del Consejo de Gobierno; de otra, y al objeto

de permitir la renovación por mitades, se dispuso la posibilidad

de prorrogar el mandato, hasta tres años, de tres de los actuales

Consejeros.

Conforme a las previsiones legales antes citadas, en primer

lugar, se acuerda el nombramiento de dos nuevos Consejeros no

natos por un período de seis años.

En segundo lugar, se acuerda renovar el mandato por un

período adicional de seis años a un Consejero no nato.

En tercer lugar, se acuerda la prórroga del mandato de tres

Consejeros no natos, que fueron designados en 1994, por un

período de tres años.

Finalmente, se fija el cese, por expiración del mandato, de

un Consejero, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.4.d) de

la Ley 13/1994.

En su virtud,

DISPONGO:

1. Nombrar como Consejeros no natos por un plazo de seis

años a don Jaime Requeijo González y a don Eduardo Bueno

Campos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.2 de la

Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.

2. Renovar el mandato por un período de seis años del

Consejero no nato don Joaquín Muns Albuixech, de acuerdo con el

artículo 25.2 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía

del Banco de España.

3. Prorrogar el mandato como Consejeros no natos, por un

período de tres años, de don Julio Segura Sánchez, don José

Manuel González-Páramo Martínez-Murillo y don Jesús Leguina

Villa, de acuerdo con lo contemplado en la disposición adicional

vigésima cuarta, tres, de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre,

de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

4. Cesar, por expiración del mandato, al Consejero no nato

don Vicente Salas Fumas, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 25.4.a) de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía

del Banco de España, agradeciéndole los servicios prestados.

5. Agradecer los servicios prestados a don Eugenio Domingo

Solans, que presentó su renuncia al Gobierno, conforme a lo

previsto en el artículo 25.4.a) de la Ley 13/1994, de 1 de junio,

de Autonomía del Banco de España, como consecuencia de su

nombramiento como miembro del Consejo de Gobierno del Banco

Central Europeo.

Dado en Palma de Mallorca a 24 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda,

RODRIGO DE RATO Y FIGAREDO

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