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En el recurso contencioso-administrativo número 5/1.687/1995,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo
(Sección Quinta), por don Alfonso Barnuevo Sebastián de Erice, contra
la Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de
funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 2 de
diciembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por
la Abogacía del Estado y desestimando el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Alfonso Barnuevo
Sebastián de Erice, contra la Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores
de 5 de junio de 1995, debemos declarar y declaramos que la Resolución
impugnada es conforme a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la
referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial
del Estado".
Madrid, 24 de junio de 1998.-El Subsecretario (Orden de 11 de marzo
de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José de
Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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