Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Orden de 15 de junio de 1998 por la que se convocaban becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios universitarios y medios para el curso académico 1998/1999, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 2 de julio de 1998, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En el artículo 25.2 B), donde dice: «La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a la unidad familiar no podrán superar las 990.370 pesetas por cada miembro computable de la unidad familiar», debe decir: «La suma de los valores catastrales de las fincas rústicas que pertenezcan a la unidad familiar no podrán superar las 1.990.370 pesetas por cada miembro computable de la unidad familiar».
Madrid, 23 de julio de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo e Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y Formación Profesional y Subsecretario de Educación y Cultura
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