Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Orden
de 15 de junio de 1998 por la que se convocaban becas y ayudas al estudio
de carácter general para estudios universitarios y medios para el curso
académico 1998/1999, inserta en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 2
de julio de 1998, se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En el artículo 25.2 B), donde dice: "La suma de los valores catastrales
de las fincas rústicas que pertenezcan a la unidad familiar no podrán
superar las 990.370 pesetas por cada miembro computable de la unidad
familiar", debe decir: "La suma de los valores catastrales de las fincas
rústicas que pertenezcan a la unidad familiar no podrán superar las
1.990.370 pesetas por cada miembro computable de la unidad familiar".
Madrid, 23 de julio de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades, Investigación y
Desarrollo e Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y Formación
Profesional y Subsecretario de Educación y Cultura.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid