Vista la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, en 2 de abril de 1998, por la
que se estima el recurso formulado por el Maestro don Enrique Cantero
Herrero, contra lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación y
Cultura, de 27 de junio de 1995 ("Boletín Oficial del Ministerio de Educación
y Cultura" del 30), que elevó a definitivos los nombramientos del concurso
de traslados y procesos previos,
Esta Dirección General ha dispuesto la publicación del fallo, cuyo tenor
literal es el siguiente:
"Fallamos:
Primero.-Que estimando el presente recurso número 1.816/1995,
interpuesto por la representación de don Enrique Cantero Herrero, contra la
Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 27 de junio de 1995,
de adjudicación definitiva del concurso de Maestros, convocado por Orden
de 17 de octubre de 1994, en cuanto se declara su desistimiento de la
participación en el concurso por renuncia al destino adjudicado
provisionalmente y se declara no haber lugar a la anulación de la renuncia
por haberse presentado extemporáneamente, anulamos la misma por ser
contraria al ordenamiento jurídico en el referido aspecto y declaramos
el derecho del recurrente a que se le adjudique la plaza del Centro de
Adultos de Posada de Llanes (Asturias), que se le asignó en la resolución
provisional, salvo que correspondiera a otro concursante de mejor derecho.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
Madrid, 29 de junio de 1998.-La Directora general, Carmen González
Fernández.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Gestión de Profesorado de Educación
Infantil y Primaria.
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