Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón
(Zaragoza), con fecha 20 de mayo de 1998, sentencia firme, en el recurso
contencioso-administrativo número 558/1995, promovido por doña
Consolación Domínguez Sánchez, sobre abono de subsidios y reconocimiento
de haberes pasivos derivados del fallecimiento de su cónyuge don Salvador
Navascues Añón, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Primero.-Declaramos la inadmisibilidad del presente
recurso número 558/1995-B, deducido por doña Consolación Domínguez
Sánchez.
Segundo.-No hacemos especial pronunciamiento en cuanto a costas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumple en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la
Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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