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Documento BOE-A-1998-17945

Resolución de 6 de julio de 1998, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se desarrolla la Orden de 22 de junio de 1995, reguladora de los Premios Nacionales, y la Orden de 6 de marzo de 1998, de convocatoria de dichos premios, para la concesión del Premio Nacional de Teatro, correspondiente a 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 27 de julio de 1998, páginas 25292 a 25293 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-17945

TEXTO ORIGINAL

Convocado por Orden de 6 de marzo de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" número 71, del 24) el Premio Nacional de Teatro procede desarrollar

la normativa que regula su concesión, de conformidad con lo dispuesto

en el punto segundo de la Orden citada.

En su virtud, este Instituto ha resuelto:

Primero.-El Premio Nacional de Teatro recompensará la meritoria

labor del galardonado en el ámbito teatral, puesta de manifiesto a través

de una obra o actuación hecha pública o representada durante 1997.

El Premio se otorgará con base en las actividades de creación teatral

realizadas por personas físicas o colectivos susceptibles de ser

considerados como creadores, cualesquiera que sea su personalidad jurídica.

Para la concesión del Premio se tendrá en cuenta la calidad de la

obra o actividad recompensada, y su significación como aportación

sobresaliente e innovadora en la vida teatral española.

Segundo.-La dotación económica del Premio es de 5.000.000 de pesetas,

cuya cuantía no podrá dividirse.

Tercero.-1. El fallo del Premio corresponderá a un Jurado, cuya

composición será la siguiente:

Presidente: El Director general del Instituto Nacional de las Artes

Escénicas y de la Música.

Vicepresidente: El Subdirector general de Teatro del Instituto Nacional

de las Artes Escénicas y de la Música.

Vocales: Cinco personalidades de reconocido prestigio en el ámbito

del teatro. Las personas premiadas en la convocatoria anterior o, en su

caso, un representante de la persona jurídica premiada, libremente

designado por ésta.

Secretario: Un funcionario del Instituto Nacional de las Artes Escénicas

y de la Música, designado por el Director general, quien actuará con voz

pero sin voto.

2. Los Vocales del Jurado serán designados por Orden de la Ministra

de Educación y Cultura, a propuesta del Director general del Instituto

Nacional de las Artes Escénicas y de la Música. La Orden de designación

será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

3. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, el cual podrá

ser emitido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.

4. En lo no previsto en esta Resolución se estará a lo dispuesto en

los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las

gratificaciones correspondientes a sus trabajos de asesoramiento, con las

limitaciones establecidas en la legislación vigente sobre incompatibilidades

y, en su caso, los gastos de locomoción y alojamiento en que pudieran

incurrir para el desarrollo de dichos trabajos.

Cuarto.-Los candidatos al Premio Nacional de Teatro de 1998 serán

presentados por los miembros del Jurado o por las entidades culturales

o profesionales relacionadas con el teatro, mediante propuestas razonadas

dirigidas a la Ministra o al propio Jurado, una vez constituido, hasta el 1

de noviembre de 1998.

Quinto.-El fallo será elevado a la Ministra de Educación y Cultura,

a través del Director general del Instituto Nacional de las Artes Escénicas

y de la Música, antes del 15 de diciembre de 1998. La Orden de concesión

del Premio se publicará inmediatamente en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto.-El importe de los premios y gastos derivados de su concesión

se satisfarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.207.488/456-B,

"Teatro", asignada al Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la

Música.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 6 de julio de 1998.-El Director general, Tomás Marco Aragón.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Teatro.

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