Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos
se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 20 de mayo
de 1998 por la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, en el recurso
contencioso-administrativo número 4/627/97, promovido por don José
Manuel Murillo Murillo, contra resolución presunta de este Ministerio,
desestimatoria por silencio administrativo de la reclamación de daños y
perjuicios ocasionados por responsabilidad patrimonial, cuyo
pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por don José Manuel Murillo Murillo, contra la desestimación
presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada ante
el Instituto Nacional de la Salud mediante escrito de 11 de enero de 1996,
cuyo acto administrativo declaramos contrario a derecho y nulo y, en
su lugar, declaramos el derecho del recurrente a percibir, en concepto
de indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración,
la cantidad de 750.000 pesetas.
Sin hacer expresa imposición de costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103
de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo
Contencioso-Administrativo.
Madrid, 9 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994,
"Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón
Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid