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En el recurso contencioso-administrativo número 5/460/1996,
interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,
Sección Quinta, por doña María Rosa Sanz Aguado, contra la
Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de funcionarios
destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 31 de marzo de 1998,
sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por
la Abogacía del Estado y desestimando el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña María Rosa Sanz Aguado,
contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la
petición deducida por la recurrente ante el Ministerio de Asuntos Exteriores,
de 28 de marzo de 1995, debemos declarar y declaramos que la resolución
impugnada es conforme a derecho, sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre
de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos de la
referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del
Estado".
Madrid, 3 de julio de 1998.-El Subsecretario, P. D. (Orden de 11 de
marzo de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 18), José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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